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Derecho al agua potable

Acción judicial por agua potable en los Barrios Populares por el Coronavirus Covid-19 y el Dengue

 

Observatorio del Derecho a la Ciudad ( observatorioderechoalaciudad@gmail.com )

 La JUSTICIA debe decidir sobre una ACCIÓN JUDICIAL por acceso al AGUA POTABLE en los Barrios Populares de la Ciudad de Buenos Aires por la crisis sanitaria del Coronavirus Covid-19 y del Dengue

Aquí objeto y demanda completa:  https://buff.ly/2Xm5ryw

La Cátedra de Ingeniería Comunitaria CLIC– (Ing. María Eva Koutsivitos), Observatorio del Derecho a la Ciudad –ODC (Jonatan Baldiviezo), CTA – Capital (Pablo Spataro), Frente Territorial Salvador Herrera (Franco Armando), Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas – IPYPP (Claudio Lozano) y referentas y referencias de Barrios Populares (Villa 21-24, Barrio Inta, Barrio Scapino, Barrio Cildañez, La Villa 15 – Oculta -, Villa 20), inscripción una ACCIÓN DE AMPARO COLECTIVO con relación al acceso al AGUA POTABLE y SANEAMIENTO SEGURO en las villas y asentamientos de la Ciudad (Barrios Populares según la Ley N ° 27.453) como forma esencial de prevención del contagio del Coronavirus Covid-19 y del Dengue.

Los Barrios Populares son los más castigados por el Dengue. Ninguno cuenta con acceso formal al agua potable segura. Conviven con agua de servicios precarios muchas veces mezcladas con aguas servidas que permite la permanencia del coronavirus y el acceso al servicio es limitado o nulo imposibilitando la higiene personal. En este contexto las familias deben recurrir al almacenamiento de agua en baldes, cacerolas y tachos donde prolifera el dengue. Frente a esta pandemia millas de familias se encuentran totalmente desprotegidas.

 La causa quedó caratulada como “Koutsovitis, María Eva y otros contra GCABA sobre amparo – urbanizacion villas”, Expte. N ° 3010 / 2020-0, y radicada en el Juzgado de 1ra. Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad N ° 8.

El objeto de la acción judicial consiste en el GCABA garantizado al 100% de las familias de los Barrios Populares, el acceso formal al servicio de agua potable y saneamiento cloacal.

Para ello, solicite la elaboración de un Plan de Agua Potable y Saneamiento Cloacal, consensuado con las comunidades barriales, que contemple los siguientes cuatro (4) ejes incorporando la dimensión productiva y del trabajo, la participación comunitaria y la perspectiva de género y diversidad: Diseño Infraestructura; Modalidades de Ejecución y Contratación para las Obras; Programa de Control y Monitoreo Ciudadano; y Sistema Tarifario Social Especial.

Frente a la emergencia y la falta de acceso al agua potable en los barrios populares incrementando el riesgo a la vida y la salud de sus habitantes ante el Coronavirus -Cóvid-19 y el Dengue, se peticionó

  1. Un Plan de Contingencia.
  2. Garantizar dos (2) litros de agua potable envasada por habitante diariamente y la entrega de agua a granel para todos los usos en los barrios o sectores de barrios que no cuenten con suministro continuo de agua potable. La entrega de agua potable debe cumplir un cronograma, difundirse, grabarse, días y horarios precisos.
  3. Garantizar de manera gratuita en cada hogar dos (2) garrafas de 10 kilos, 8 litros de lavandina, jabón blanco en pan y detergente para llevar a cabo la higiene de los integrantes de la familia por mes.
  4. Un sistema de monitoreo de la calidad, presión y continuidad del agua de consumo en los Barrios Populares. El programa de monitoreo debe incluir el control de la calidad del agua entregada mediante camiones cisterna.
  5. Un Programa de Limpieza periódica de tanques a carga de las cooperativas y organizaciones sociales y comunitarias.
  6. Abastecer de tanques plásticos domiciliarios de calidad homologada a todos los hogares.
  7. Fortalecer el Sistema de Atención Primaria para mejorar la atención prioritaria y el registro de enfermedades hídricas incorporando la figura de las promotoras de salud.
  8. Garantizar económicamente y técnicamente a través de un programa la ejecución de núcleos húmedos a fin de protocolos en cada hogar un baño completo y dos (2) canillas.
  9. La formalización del servicio de agua potable y saneamiento cloacal para la totalidad de las viviendas frentistas a vías públicas formales.

 

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