De la exclusión al sufragio
75 años de la promulgación de la Ley 13.010 de sufragio femenino. María Virginia Ameztoy
Como toda conquista, la ley se inscribe en la historia de las luchas previas a su promulgación, no sólo en las de las mujeres sino en las de todos los sectores excluidos por los grupos hegemónicos dominantes. Porque no existe poder sin luchas y enfrentamientos y cualquier modificación en las relaciones de poder está signada por la resistencia.
Así, la Ley Sáenz Peña de 1912 no era estrictamente de voto “universal”, ya que no sólo marginaba a las mujeres sino también a los extranjeros, y, dada la composición social con mayoría de inmigrantes, resultaba exclusora para gran parte de los habitantes de nuestro país.
Yendo más atrás en el tiempo, para los constituyentes de 1853 la “soberanía popular” era una mera declaración de principios, ya que los artículos 14 y 16 de la Constitución proclamaban la igualdad jurídica pero ningún artículo refería a la igualdad política.
En el mundo occidental la historia de las luchas por el sufragio femenino se remonta a la Revolución Francesa. Una de sus primeras representantes es Olimpia Gourges (1748-1793). Entre otras pioneras europeas y americanas podemos citar a Flora Tristán (1803-1844), Susan Brownell Anthony (1820-1906), Concepción Arenal (1820-1893), Clara Campoamor (1888-1972)…
En nuestro país la lucha por la reivindicación de los derechos de las mujeres al sufragio comienza a fines del siglo diecinueve; por lo tanto antecede a la Ley Sáenz Peña. A partir de 1902 las mujeres socialistas llevaron adelante campañas por dicha reivindicación. Alicia Moreau de Justo, Elvira Dellepiane de Rawson, Julieta Lanteri, son sólo algunos de los nombres enrolados en esa lucha a principios del siglo veinte. Sus continuos reclamos al Congreso fueron archivados hasta que, en 1928, el diputado socialista Mario Bravo presenta un proyecto de ley de voto femenino, abortado por el golpe militar de 1930. En 1932 Alfredo Palacios presenta otro. También fue archivado.
Por otra parte, en 1930 una asociación católica, el Comité Argentino Pro voto de la Mujer, declarándose “independiente” de temas políticos, propone un voto femenino calificado. La Unión Argentina de Mujeres constituía el sector sufragista liberal. Estas y otras formaciones representaban a sectores económico-sociales medio-altos y su lucha es pasible de ser inscripta a partir de una concepción elitista.
Pero, como suele decirse, la Argentina nunca terminó en la General Paz. En 1927 se sanciona en la provincia de San Juan la nueva Constitución provincial que extendía el voto universal a las mujeres argentinas nativas y naturalizadas, quienes además de votar tenían derecho a ser elegidas y desempeñar cargos públicos. En las elecciones votó el 97% del padrón femenino, contra el 90% del masculino. Dos mujeres resultaron electas: Emilia Collado, como intendente de Calingasta y Ema Acosta –la primera legisladora argentina y latinoamericana– como diputada.
En 1928 el presidente Hipólito Yrigoyen interviene la provincia de San Juan y es nombrado funcionario interventor Modestino Pizarro, hombre del ala más conservadora del radicalismo, quien consideraba que la libertad de las mujeres “las guiaba hacia el camino del vicio convirtiéndose en un atentado permanente contra la moral y la salud pública” (en: Pizarro, Modestino, La verdad de la intervención en San Juan). Conclusión: se elimina el voto femenino y se destruyen los padrones.
El origen de la Ley 13.010 se remonta a octubre de 1944, cuando el entonces coronel Perón, al frente de la Secretaría de Trabajo y Previsión, crea la Dirección de Trabajo y Asistencia de la Mujer; desde allí se conforma en 1945 la Comisión Pro sufragio Femenino. En ese entonces la Unión Argentina de Mujeres, presidida por la escritora feminista Victoria Ocampo, se opuso a que la ley saliera por decreto y no por el Congreso de un gobierno constitucional. Al ganar Perón las elecciones de febrero de 1946 se retoma el tema del voto femenino y Evita comienza una campaña radial convocando a las mujeres a tomar conciencia de su discriminación política y a luchar por sus derechos. El 23 de septiembre de 1947 el Congreso promulga la ley de sufragio femenino.
El proyecto peronista tenía por objetivo una masiva unificación social, para la cual la integración de las mujeres se convirtió en una de sus herramientas fundamentales; de aquí que las divergencias y tensiones entre diferentes sectores políticos generaran diversas posturas frente a la promulgación de la ley, no poniendo en tela de juicio el progreso que significaba la universalización del voto sino como manifestación de las luchas de poder en el campo político.
La actividad política, la lucha por las utopías, es un fenómeno sólo ejercido por nosotros, los sapiens-sapiens. Pero frente a lo que significa el progreso para los sectores excluidos es por lo menos difícil comprender las disidencias.
María Elena Walsh escribió en uno de sus poemas: “el que dice que todo tiempo pasado fue mejor,/ nunca fue mujer/ ni trabajador”.
El anhelo por un presente superior, sin exclusiones, nutrido por el pasado y hacia el futuro, es siempre lo mejor.
María Virginia Ameztoy